TEMAS / CODIGO DE ETICA CONTRATISTAS, SUPLIDORES Y SOLICITANTES INCENTIVOS
Ley Núm. 84 de 18 de junio de 2002, según enmendada, conocida como Código de Ética para Contratistas, Suplidores y Solicitantes de Incentivos Económicos de las Agencias Ejecutivas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico".
SUBTEMAS:
 Agencias gubernamentales
 Procedimiento
Ley Núm. 84 6/18/2002 Código de Ética para Contratistas, Suplidores y Solicitantes de Incentivos Económicos de las Agencias Ejecutivas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
Para establecer un Código de Etica para contratistas, proveedores de bienes y servicios, y solicitantes de incentivos económicos de las agencias ejecutivas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que regirá las relaciones de toda persona, natural o jurídica, que interese hacer negocios con, proveer servicios a, o solicitar un incentivo económico al Estado Libre Asociado de Puerto Rico; imponer ciertos deberes y conceder ciertas facultades al Secretario de Justicia; establecer sanciones y penalidades; y para otros fines.
 

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